-Por declaraciones agraviantes en redes sociales, (Art. 50 RDA y Art. 44 del R.G.C.), luego de finalizado el campeonato:
Juan Ignacio Asensio (piloto; Promocional 60 c.c.): Suspensión por 2 (DOS) fechas, con el presente requisito de cumplimiento: La sanción aplicada se deja en suspenso (Art. 49 del R.D.A) con el pago de una multa de $ 40.000.-, bajo el siguiente concepto: en caso de reincidencia, deberá cumplir el total de la suspensión, más la que eventualmente le corresponda.

Oscar Asensio (concurrente): Suspensión por 2 (DOS) fechas, con el presente requisito de cumplimiento: La sanción aplicada se deja en suspenso (Art. 49 del R.D.A) con el pago de una multa de $ 40.000.-, bajo el siguiente concepto: en caso de reincidencia, deberá cumplir el total de la suspensión, más la que eventualmente le corresponda.

-Por declaraciones agraviantes en redes sociales, (Art. 50 RDA y Art. 44 del R.G.C.), luego de finalizado el campeonato y teniendo en cuenta sus antecedentes y resolución de fecha 07/11/2022:

Tiziano Gonzalez (piloto; Promocional 60 c.c.): Suspensión total por el término de DOS  (2) fechas y el agregado de UNA (1) fecha de resolución citada. Lo que totaliza TRES (3) fechas de suspensión en un total acuerdo a lo estipulado en el art. 48 de RDA.

Gustavo Gonzalez (concurrente): Suspensión total hasta el 31/12/2023 para permanecer en técnica, parque cerrado, asistencia, o cualquier otra parte que sea de uso de quienes participan en la mismas (Espacios Reservados)